elika Estás en: Sectores ProductivosGanadería /  Bienestar Animal elika

Bienestar Animal

MODIFICACIÓN DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL 13/05/22

Autor: MAGRAMA

En la actualidad está en vigor a nivel estatal la Ley 32/2007, que establece un conjunto de principios sobre el cuidado de los animales vertebrados en las explotaciones, durante su transporte, cuando se utilizan para la experimentación y durante su sacrificio.

La citada Ley está en proceso de modificación. De hecho, el pasado 29 de abril se publicó el Proyecto de modificación de la Ley 32/2007.

La modificación consiste en incluir en el ámbito de la normativa a los «invertebrados tales como los cefalópodos y determinadas formas fetales de mamíferos», por tratarse de seres sobre los que actualmente se ha podido demostrar su capacidad para experimentar dolor, sufrimiento, angustia y daño duradero.

La modificación de la Ley permite adaptar la legislación nacional a la Directiva 2010/63/UE, relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos, que la UE publicó en septiembre del 2010.

PROHIBIDA LA EXPERIMENTACIÓN CON ANIMALES PARA LA ELABORACIÓN DE COSMÉTICOS 13/03/13

Autor: CE

La Comisión Europea (CE) ha publicado una Comunicación que confirma su compromiso de respetar el plazo que fijó el Parlamento Europeo (PE) en 2003, así como de apoyar la investigación y la innovación de métodos alternativos a la experimentación animal.


La prohibición final de la experimentación animal para la producción de cosméticos ha sido un proceso escalonado, que ha ido superando diferentes etapas:

  • Desde el 11 de septiembre del 2004 están prohibidos los ensayos con animales de productos cosméticos acabados .
  • Desde el 11 de marzo del 2009 están prohibidas las pruebas de ingredientes o combinaciones de ingredientes en animales.
  • También desde el 11 de marzo del 2009 está prohibida la comercialización de cosméticos que contengan ingredientes experimentados en animales para todos los efectos en la salud humana, excepto los de toxicidad de dosis repetidas, toxicidad reproductiva y toxicocinética.
  • Por último, el 11 de marzo 2013 ha entrado en vigor la prohibición de comercializar cosméticos obtenidos a partir de la experimentación animal de forma global.

Página de la CE sobre la prohibición de la experimentación con animales

MAYOR PROTECCIÓN PARA LOS ANIMALES DE EXPERIMENTACIÓN 20/02/13

Autor: MAGRAMA

Desde el 9 de febrero del 2013 están vigentes en España las nuevas normas de protección de los animales de experimentación, entre las que destacan:

  • Se utilizarán animales solamente cuando esté justificado por la finalidad que se persigue.
  • Los animales se alojarán en unas condiciones determinadas y con unos cuidados que contemplen su bienestar.
  • Los criadores, suministradores y usuarios de animales de experimentación deberán cumplir normas mínimas.
  • Del mismo modo, los proyectos y procedimientos deben estar sujetos a un control en toda su duración.

Estos requisitos se establecen en el nuevo Real Decreto 53/2013, que transpone parcialmente la Directiva 2010 / 63 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los animales utilizados con fines científicos, publicado por el MAGRAMA el pasado viernes 8 de febrero.

La nueva norma supone un importante avance en materia de bienestar animal porque, entre otros aspectos, amplía el ámbito de aplicación de las normas de protección a los cefalópodos y a determinadas formas fetales de los mamíferos, y porque establece como principio general la promoción e implementación del "principio de las tres erres":

  1. Reemplazo: utilización, siempre que sea posible, de alternativas a la experimentación con animales.
  2. Reducción: minimizar la cantidad de animales utilizados en experimentación.
  3. Refinamiento de los procedimientos: para que estos les provoquen el menor sufrimiento posible.

El fin último es fomentar el uso de métodos alternativos a la experimentación con animales vivos.

 

A la entrada en vigor de este real decreto, quedan derogados:


a) El Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos.
b) El artículo 11 del Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción.

Página 1 de 6   Siguiente >>
ELIKA . Granja Modelo, s/n . 01192 . Arkaute (Álava) . Teléfono: 945 122 170 . Fax: 945 122 171 . berri@elika.net
Sindicación de contenidos
Este sitio WEB no dispone publicidad de terceros ni recibe ningún tipo de financiación proveniente de publicidad.
AENOR
EKOSCAN
Euskararen Bidean
Diseño web Vitoria