MAYOR PROTECCIÓN PARA LOS ANIMALES DE EXPERIMENTACIÓN 20/02/13
Autor: MAGRAMA
Desde el 9 de febrero del 2013 están vigentes en España las nuevas normas de protección de los animales de experimentación, entre las que destacan:
- Se utilizarán animales solamente cuando esté justificado por la finalidad que se persigue.
- Los animales se alojarán en unas condiciones determinadas y con unos cuidados que contemplen su bienestar.
- Los criadores, suministradores y usuarios de animales de experimentación deberán cumplir normas mínimas.
- Del mismo modo, los proyectos y procedimientos deben estar sujetos a un control en toda su duración.
Estos requisitos se establecen en el nuevo Real Decreto 53/2013, que transpone parcialmente la Directiva 2010 / 63 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los animales utilizados con fines científicos, publicado por el MAGRAMA el pasado viernes 8 de febrero.
La nueva norma supone un importante avance en materia de bienestar animal porque, entre otros aspectos, amplía el ámbito de aplicación de las normas de protección a los cefalópodos y a determinadas formas fetales de los mamíferos, y porque establece como principio general la promoción e implementación del "principio de las tres erres":
- Reemplazo: utilización, siempre que sea posible, de alternativas a la experimentación con animales.
- Reducción: minimizar la cantidad de animales utilizados en experimentación.
- Refinamiento de los procedimientos: para que estos les provoquen el menor sufrimiento posible.
El fin último es fomentar el uso de métodos alternativos a la experimentación con animales vivos.
A la entrada en vigor de este real decreto, quedan derogados:
a) El Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos.
b) El artículo 11 del Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción.