DECLARACIONES NUTRICIONALES
Y DE PROPIEDADES SALUDABLES


La normativa relativa a las alegaciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos tiene como objetivos:

  • Garantizar un alto nivel de protección al consumidor contra las alegaciones en alimentos que sean exageradas o falsas o no tengan fundamento.
  • Armonizar la legislación en toda la UE, ofreciendo a los productores y fabricantes de alimentos unas normas claras y homogéneas que garanticen una competencia leal.
  • Proteger la innovación en la industria alimentaria y garantizar que las alegaciones nutricionales y de propiedades saludables realizadas por los fabricantes que sean fundadas no compitan con otras basada en afirmaciones falsas o imprecisas

TIPOS DE ALEGACIONES

En la Unión Europea, se permitirá hacer tres tipos de alegaciones sobre alimentos:

  • Nutricionales, que afirmen, sugieran o den a entender que un alimento posee propiedades beneficiosas específicas debido a su composición (por su aporte energético o por un nutriente en particular). Ejemplos de este tipo de alegaciones serían: "fuente de", "sin", "alto contenido de", "bajo contenido de" o "contenido reducido de" calorías u otro nutriente en particular.
  • De propiedades saludables, que afirmen, sugieran o den a entender una relación entre un alimento o uno de sus constituyentes y la salud. Este tipo de alegación hace referencia a la función fisiológica de un componente, como por ejemplo "el calcio puede contribuir a fortalecer los huesos". La alegación debe estar fundamentada en datos científicos comúnmente aceptados y debe ser comprensible para el consumidor medio.
  • De reducción de riesgo de enfermedad. Este tipo específico de alegación de propiedades saludables afirma que un alimento o uno de sus constituyentes reducen significativamente el riesgo de aparición de una enfermedad. Por ejemplo, los fitoesteroles contribuyen a reducir el nivel de colesterol sanguíneo, disminuyendo por consiguiente el riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares. Por primera vez, se permitirá la mención de enfermedades en las etiquetas alimentarias, siempre y cuando se cuente con la aprobación de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

etiquetado saludable

DECLARACIONES NUTRICIONALES Y CONDICIONES DE APLICACIÓN

(1) Cuando sea pertinente se permite el uso del término naturalmente/natural usado como prefijo de la alegación.
(2) Para los edulcorantes de mesa 0,4 kcal/ porción equivalente a 6 g de sacarosa
(3) Está prohibida la expresión X% sin grasa.
(4) Calculada como la suma de grasas saturadas más grasastrans.
(5) La expresión sin azúcares añadidos sólo podrá emplearse cuando al producto no se le hayan añadido monosacáridos, disacáridos ni ningún otro alimento empleado para endulzar. Si los azúcares están presentes de manera natural debe indicarse siempre.
(6) En aguas minerales los valores de referencia son distintos.
(7) La mención contiene puede aplicarse también a los componentes no nutritivos que cumplan con todas las especificaciones del Reglamento.
(8) Hay excepciones para algunos micronutrientes en los que es suficiente una reducción del 10% y para el sodio en que basta una reducción del 25%.

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